Un certificado europeo COVID-19 para la libre circulación sin discriminación


El Parlamento ya tiene una posición negociadora sobre la propuesta de certificado para reafirmar el derecho a la libertad de circulación en Europa durante la pandemia.

Los eurodiputados acordaron que el nuevo “Certificado UE COVID-19” -en lugar de Certificado Verde Digital, como proponía la Comisión Europea- estará limitado a doce meses.

El documento, que podrá emitirse en formato digital o en papel, indicará que la persona ha sido vacunada contra el coronavirus, o que cuenta con un test negativo reciente, o que ha superado la enfermedad. En ningún caso el certificado COVID-19 podrá utilizarse como documento de viaje ni convertirse en condición necesaria para la libre circulación, subrayan los eurodiputados.

La propuesta que regula el certificado para los nacionales de la UE salió adelante con 540 votos a favor, 119 en contra y 31 abstenciones, mientras que la centrada en los nacionales de terceros países recibió 540 votos favorables, 80 en contra y 70 abstenciones. La votación tuvo lugar el miércoles y los resultados se anunciaron al pleno el jueves.

Tanto el Parlamento como el Consejo están ya preparados para iniciar las negociaciones. El objetivo es lograr un acuerdo antes del inicio de la temporada turística de verano.

No a las restricciones adicionales y test COVID-19 gratuitos

Los titulares del certificado UE COVID-19 no deberían estar sujetos a restricciones de viaje adicionales, como cuarentena, autoaislamiento o test, según el Parlamento. Los eurodiputados tambien reclaman que, para evitar discriminación contra los no vacunados y por cuestiones económicas, los países deben asegurar «posibilidades de test universales, accesibles, oportunas y gratuitas».

Compatibilidad con las iniciativas nacionales

El Parlamento quiere asegurar que el certificado europeo es compatible con otras iniciativas a nivel nacional, que en todo caso deberán respetar el mismo marco legislativo.

Los Estados miembros deberán aceptar los certificados de vacunación emitidos en otros países de la UE para personas inoculadas con vacunas autorizadas para su uso en la Unión por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) -ahora mismo, Pfizer-BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Janssen), señalan los eurodiputados. Corresponderá a casa Estado miembro decidir si también aceptan los certificados de vacunados de otros países europeos para vacunas incluidas en la lista de la Organización Mundial de la Salud para uso de emergencia.

Protección de datos

Los certificados estarán verificados, igual que sus sellos electrónicos, para evitar el fraude y la falsificación. Los datos personales obtenidos para la expedición del certificado no podrán almacenarse en el país de destino y no habrá una base de datos centralizada en la UE. La lista de organismos que procesarán y recibirán los datos será pública, para que los ciudadanos puedan ejercitar su derecho a la protección de datos, en el marco del Reglamento General de Protección de Datos.

Vacunas asequibles distribuidas a escala mundial

Por último, los eurodiputados subrayan que las vacunas contra la COVID-19 deben producirse a la escala requerida, tener un precio asequible y distribuirse a escala mundial. También muestras preocupación por los graves casos de incumplimiento de los calendarios de producción y entrega.